¿Cuándo entrará en vigor la NIIF 17? Se aplaza hasta el 1 de enero de 2028

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MINCIT) publicó el Decreto 0217 del 5 de marzo de 2026 por medio del cual aplazó la entrada en vigor de la Norma Internacional de Información Financiera 17 (NIIF 17) – Contratos de seguros, incorporada al marco contable colombiano por medio del Decreto 1271 de 2024*, de modo que su aplicación ya no iniciaría el 1 de enero de 2027, sino hasta el 1 de enero de 2028.

Esta medida se adoptó tras la realización de un análisis técnico por parte del Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) y la Superintendencia Financiera de Colombia (Superfinanciera) y una solicitud presentada por la Federación de Aseguradores Colombianos (FASECOLDA) a la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera -URF- del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual señaló la existencia de brechas en la adopción de herramientas tecnológicas, en la disponibilidad de datos históricos y en la capacidad operativa de las entidades aseguradoras para realizar las pruebas de transición y paralelismo requeridas para la implementación de la NIIF 17.

Así se puede solicitar por primera vez el RIT, actualizarlo o registrar novedades

El Registro de Información Tributaria (RIT) puede solicitarse por primera vez, actualizarse o modificarse de manera presencial, virtual (videollamada, WhatsApp, redes) o mediante el formulario en línea de peticiones y trámites.

De forma presencial, el trámite se realiza sin cita en puntos de atención o CADE, presentando los documentos requeridos, y la gestión se resuelve de inmediato. En línea, se deben adjuntar los documentos según el trámite; el sistema genera un número de radicado y la respuesta se envía al correo registrado en un plazo de hasta 15 días.

Deben realizar el trámite en Bogotá las personas naturales o jurídicas que inicien relación tributaria con la Secretaría Distrital de Hacienda, quienes necesiten acceder a la Oficina Virtual sin estar registrados, quienes tengan obligaciones tributarias con el Distrito Capital y los contribuyentes del ICA, que deben inscribirse dentro de los dos meses siguientes al inicio de actividades.

Plazo para presentar y declarar ICA régimen común anual y preferencial 2025 vence este 27 de febrero

Los contribuyentes del impuesto de industria y comercio (ICA) del régimen común cuyo impuesto a cargo del año gravable 2024 no supere 391 UVT ($18.402.415) deberán presentar una única declaración anual por el año gravable 2025, según la Resolución SHD 287 de 2024.

Pertenecen al régimen preferencial quienes cumplan todos estos requisitos: ingresos brutos inferiores a 3.500 UVT ($164.728.000 a 31 de diciembre de 2024); tener máximo un establecimiento en el Distrito Capital; no haber celebrado contratos gravados por valor igual o superior a 3.500 UVT; que sus consignaciones o inversiones financieras no superen 3.500 UVT; y no estar inscritos en el Régimen Simple de Tributación.

Los contribuyentes clasificados en cualquiera de estos regímenes deberán presentar y pagar el ICA 2025 hasta el 27 de febrero de 2026, a través de los medios virtuales de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Los contribuyentes de Bogotá podrán aplicar al mecanismo de Obras por Impuestos por medio de fiducias

La Alcaldía Mayor de Bogotá expidió el Decreto 043 del 12 de febrero de 2026*, mediante el cual se adicionan los capítulos 8, 9 y 10 al Título 9 del Libro I del Decreto Único Distrital Tributario 639 de 2025. En estos capítulos queda reglamentado el mecanismo de Obras por Impuestos en la modalidad de fiducia, una herramienta que permitirá a los contribuyentes pagar parte de sus impuestos distritales financiando y ejecutando directamente proyectos de inversión pública de alto impacto social.

¿Cuándo es exigible la firma del revisor fiscal en la declaración de renta?

Mediante el Concepto 000406 del 15 de enero de 2026 la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) respondió a una consulta relacionada con la validez de una declaración de renta del año gravable 2022 presentada en abril de 2023. Esta declaración fue firmada únicamente por un contador público, teniendo en cuenta que la obligación de tener revisor fiscal surgió al cierre de 2022 y el nombramiento formal se realizó en marzo de 2023, antes de la presentación de la declaración.

Factoring electrónico gana peso en el PIB y redefine el avance de América Latina, con Colombia como protagonista

El factoring electrónico, un mecanismo que permite a las empresas convertir sus facturas electrónicas en efectivo inmediato, dejó de ser una herramienta financiera marginal para convertirse en una infraestructura económica con impacto directo en el crecimiento, según lo plantea un reciente informe de F&M_eBILL, que muestra cómo este instrumento ya explica una porción relevante del PIB en América Latina y España.

Alivio para exportadores colombianos tras límite establecido por la Corte Suprema de EEUU a los aranceles impuestos por Trump

El reciente fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos sobre el uso de la International Emergency Economic Powers Act (IEEPA) introduce un cambio en la política comercial estadounidense. El Supremo anuló la mayoría de los aranceles con los que el presidente de EE. UU., Donald Trump, decidió mover las fichas del tablero del comercio.

De acuerdo con el análisis de la AmCham Colombia, el fallo establece que esa norma no confiere al Ejecutivo la facultad de imponer aranceles generales bajo la figura de emergencia nacional, al tratarse de una competencia tributaria reservada al Congreso.